Num. identificación | 6c-5 | |
Título | Reglas que han de observarse en las contiendas de jurisdicción | |
Materia | Jurisdicción y conflictos (Id. 6c) | |
Voces | Reglas, Resolver, Contiendas, Jurisdicción | |
Texto | Se establecen de las prerrogativas constitucionales para dirimir las competencias de jurisdicción y atribuciones que ocurran entre las autoridades administrativas y los tribunales ordinarios y especiales, y en las cuestiones de atribución y jurisdicción que se originen entre estas autoridades, sólo los jefes políticos podrán promover contienda de competencia, y más que expresa. | |
Tipo de Norma | Real Decreto | |
Fecha | 04-06-1847 | |
Institución | Gobierno | |
Fuente | Gazeta | |
Documento | Enlace | |
Debate Parlamentario | Enlace |